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¿Cuándo hay que renovar el permiso de conducir?

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La edad no es un límite para conducir, aunque muchas personas con cierta edad piensen en vender su vehículo o llevarlo a un desguace de motos, coches, etc. Hay que decir que el carnet de conducir de tipo B cuenta con un plazo de validez determinado según la edad que se tenga. Por ejemplo, actualmente hay un gran número de conductores mayores de 70 años que quieren renovar su carnet de conducir y para ello Tráfico no establece diferencias respecto al reconocimiento médico.

La renovación del carnet de tipo B debe hacerse cada 10 años hasta cumplir los 65 y cada 5 años a partir de esa edad. Para su renovación hay que ir a la jefatura de tráfico y presentar:

  • Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Informe de Aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
  • Solicitud en impreso oficial que puede conseguirse tanto en las Jefaturas Locales como Provinciales de Tráfico.
  • Fotografía actualizada en color con unas medidas de 32 x 26mm.

En caso de tener más de 75 años, los requerimientos son los mismos que se piden a las personas de otras edades es decir:

  • Valoración psicotécnica (Coordinación visomotora y anticipación de la velocidad)
  • Valoración de la capacidad visual
  • Anamnesis.
  • Estudio de la audición.
  • Estudio del estado en general (Tensión arterial, auscultación cardio-pulmonar y pulso)

Hay que recordar que las tasas para la renovación del carnet de conducir no se cobran a partir de los 75 años.

Para finalizar, posiblemente os estaréis preguntando por qué 75 años y no otra edad. Según los expertos, se dice que a partir de esta edad los reflejos no son los mismos y por ello hay que llevar un exhaustivo control de las aptitudes para conducir y evitar posibles peligros.